Ir al contenido principal

Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención.


Las Normas Oficiales Mexicanas que emite la Secretaría del Trabajo y Previsión Social determinan las condiciones mínimas necesarias en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a efecto de prevenir accidentes y enfermedades laborales.


La NOM 035 tiene como objetivo establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.

De acuerdo con el campo de aplicación, la NOM 035 rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo.  Sin embargo, las disposiciones de esta norma aplican de acuerdo con el número de trabajadores que laboran en el centro de trabajo. Derivado de lo anterior, existen tres niveles:
  • Centros de trabajo donde laboran hasta 15 trabajadores.
  • Centros de trabajo donde laboran entre 16 y 50 trabajadores.
  • Centros de trabajo donde laboran más de 50 trabajadores.

Por lo que el centro de trabajo debe determinar en qué nivel se encuentra, para que cumpla con las disposiciones que le corresponden de acuerdo con el número de trabajadores que emplea.

La NOM 035 entra en vigor en dos etapas, las cuales delimitan los requisitos con los que los centros de trabajo tendrán que dar cumplimiento:

1ª. Etapa – 23 de octubre de 2019
La política; las medidas de prevención; la identificación de los trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos severos, y la difusión de la información.

2ª. Etapa – 23 de octubre de 2020

La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial; la evaluación del entorno organizacional; las medidas y acciones de control; la práctica de exámenes médicos, y los registros.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Apoyos de Infonavit ante el COVID19

El INFONAVIT ha decidido instrumentar y aplicar las medidas de apoyo para los trabajadores y patrones, en los casos de suspensión de labores debido a la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, en los siguientes términos: En caso de que los trabajadores se vean afectados por una disminución de su salario base de cotización, se realizará una reducción temporal en el factor de pago de su crédito hipotecario, en la misma proporción en que se realice la disminución a su ingreso, hasta en un 50%. En caso de que la disminución salarial sea mayor al 50%, se le otorgará al trabajador una Tolerancia al pago . Si de la reducción porcentual o directa al salario base de cotización resulta en que el ingreso del trabajador es de 1 VSM , se aplicará el descuento máximo del 20% como lo marca la Ley. Para aplicar a cualquier de estos beneficios consultar el comunicado siguiente:

¿QUÉ DEBO CONOCER SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES (PTU)?

De acuerdo a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) la partición de utilidades es un reconocimiento a los trabajadores por su aportación en la producción de utilidades de su centro de trabajo. La LFT dice lo siguiente en su artículo 117 “Los trabajadores participarán en las utilidades de las empresas, de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.” Articulo 126 LFT Empresas exceptuadas de la obligación de repartir utilidades Empresas de nueva creación, durante su primer año de funcionamiento. Empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años. Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración. Las instituciones de asistencia privada, que ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro...

¿Cómo se debe realizar el pago de un empalme de jornada con un descanso?

Artículo 73 LFT.- Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado. DESCANSOS OBLIGATORIOS DE LEY (ART.74 LFT) DESCANSOS ADICIONALES CONMEMORATIVOS 1ero de enero, Año Nuevo Jueves y viernes Santo 5 de febrero, día de la Constitución 3 de mayo, día de la Santa Cruz y del Albañil 21 de marzo, Natalicio de Benito Juárez 5 de mayo, batalla de Puebla 1ro de mayo, día del trabajo 15 de septiembre, noche mexicana 16 de septiembre, Independencia de México 12 de diciembre, Virgen de Guadalupe 20 de noviembre, día de la Revolución 10 de mayo, día de las madres 1ero de diciembre de cada seis años, por cambio de presidente 2 de noviembre, día de muertos 25 de diciembre, N...