El INFONAVIT ha decidido instrumentar y aplicar las medidas de apoyo para los trabajadores y patrones, en los casos de suspensión de labores debido a la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, en los siguientes términos: En caso de que los trabajadores se vean afectados por una disminución de su salario base de cotización, se realizará una reducción temporal en el factor de pago de su crédito hipotecario, en la misma proporción en que se realice la disminución a su ingreso, hasta en un 50%. En caso de que la disminución salarial sea mayor al 50%, se le otorgará al trabajador una Tolerancia al pago . Si de la reducción porcentual o directa al salario base de cotización resulta en que el ingreso del trabajador es de 1 VSM , se aplicará el descuento máximo del 20% como lo marca la Ley. Para aplicar a cualquier de estos beneficios consultar el comunicado siguiente:
Les compartimos la liga para que descarguen el catálogo de complemento de nómina con su última actualización al 17 de abril del 2020, en donde su último cambio aplicable es: https://bit.ly/34XzX3E El 11 de diciembre de 2019, fue publicada una revisión al complemento de nómina versión 1.2 que impacta a las validaciones que llevan a cabo los Proveedores de Certificación de CFDI, la cual entrará en vigor el 1 de enero del 2020 de forma opcional , siendo ya de forma obligatoria a partir del 1 de febrero 2020. En esta última fecha queda sin efectos el “ Apéndice 5 Procedimiento para el registro de Subsidio para el empleo causado, cuando no se entregó en efectivo” de la “ Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento” el cual será eliminado en la siguiente actualización a dicha guía. Como patrón, te impacta: En todos los casos donde se paguen conceptos de sueldos y salarios (Régimen de contratación “02” Sueldos, incluye asimilad